Los suscritos Magistrados expresan su disidencia respecto a la DCP 0135/2016 de 15 de noviembre, sobre la base de los fundamentos jurídicos constitucionales, que se desarrollan mediante el presente voto disidente.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados expresan su disidencia respecto a la DCP 0135/2016 de 15 de noviembre, sobre la base de los fundamentos jurídicos constitucionales, que se desarrollan mediante el presente voto disidente.

Fecha: 15-Nov-2016

Desempeñar simultáneamente más de un cargo público remunerado a tiempo completo

Ahora bien, el art. 18 del proyecto de COM, establece como incompatibilidad para el ejercicio de la función pública que el servidor público tenga más de un cargo público remunerado “…o no…”, frase de la disposición que lesiona el principio de proporcionalidad, y resulta contrario al art. 236.I de la Norma Suprema; en razón a que, la incompatibilidad con la función pública, que manifiesta la Constitución Política del Estado expresa el desempeño de más de un cargo público remunerado a tiempo completo, y no así con otro cargo que no tenga remuneración.