Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2016
Fecha: 15-Nov-2016
II.9.
II.9. Ante el conflicto negativo de competencias o jurisdicciones suscitado entre el Juez Agroambiental y el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, ambos de Yacuiba, el Juez Agroambiental de esa ciudad pronunció el Auto de 10 de febrero de 2016, ordenando la remisión de la causa ante este Tribunal Constitucional Plurinacional, de acuerdo a lo establecido por los arts. 14.I de la LOJ y 124 de la LTCP (fs. 405).
- a)
- 1)
- I.3. Resolución del Juez ordinario
- I.4.
- I.5. Admisión
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Control competencial que ejerce el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.
- la definición de la jurisdicción por razón de materia a aplicarse sobre las acciones reales de bienes inmuebles cuando se produce el cambio de uso de suelo de propiedad rural a urbana, no puede quedar simplemente librada exclusivamente a lo que dispongan los gobiernos municipales, sino también debe considerarse otros elementos como el destino de la propiedad y de las actividades desarrolladas; razonamiento que si bien fue efectuado por el extinto Tribunal Constitucional
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- COMPETENTE