SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0074/2016
Fecha: 15-Nov-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
En el caso presente, la problemática planteada, tiene por objeto dirimir un conflicto de competencias entre la jurisdicción civil y la jurisdicción agroambiental, siendo la causa para la activación de este procedimiento, las resoluciones sobre declinatorias de competencia por razón de materia pronunciadas tanto por el Juez Agroambiental y el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, ambos de la ciudad de Yacuiba del departamento de Tarija, para conocer la solicitud de orden judicial para la inscripción de documentos en DD.RR. planteada por Domingo Vallejos Barrientos, quien solicitó la inscripción de las escrituras públicas 074/2012, 075/2012, 076/2012, 077/2012, 078/2012, 079/2012, 080/2012 y 124/2012, a raíz del supuesto rechazo ilegal del Registrador de dicha entidad.
- a)
- 1)
- I.3. Resolución del Juez ordinario
- I.4.
- I.5. Admisión
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Control competencial que ejerce el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.
- la definición de la jurisdicción por razón de materia a aplicarse sobre las acciones reales de bienes inmuebles cuando se produce el cambio de uso de suelo de propiedad rural a urbana, no puede quedar simplemente librada exclusivamente a lo que dispongan los gobiernos municipales, sino también debe considerarse otros elementos como el destino de la propiedad y de las actividades desarrolladas; razonamiento que si bien fue efectuado por el extinto Tribunal Constitucional
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- COMPETENTE