SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1119/2016-S1
Fecha: 07-Nov-2016
denegó
La Sala Civil, Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Doméstica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija mediante Resolución 173-07/2016 de 27 de mayo, cursante de fs. 316 vta. a 322, denegó la tutela solicitada, sin ingresar al fondo del asunto, sobre la base de los siguientes argumentos: 1) La Gobernación Autónoma Departamental de Tarija, pese de que la AAPA habría solicitado la anulación del Laudo Interlocutorio Definitivo 06/14, mediante el cual el Tribunal Arbitral se declaró incompetente, según la manifestación de los abogados y representantes de la referida entidad departamental continuó con la tramitación del proceso arbitral, extremo que se encuentra respaldada con documentación existente en obrados; 2) No consta que dicha Gobernación hubiera impugnado las actuaciones del Tribunal Arbitral, posteriores a la Resolución 060/2015, mismas que tampoco fueron cuestionadas por esta entidad departamental; situación que conlleva a consumar los actos consentidos. De acuerdo al art. 53.2 del CPCo, este Tribunal de garantías, no puede ingresar a efectuar el análisis de fondo del asunto; y, 3) De acuerdo al contenido del artículo de la disposición procesal constitucional y la jurisprudencia citada, se colige una posición ambivalente en la representación de la indicada Gobernación, al haber planteado defensa en el arbitraje, luego interpuso la demanda de acción de amparo constitucional; por tanto, se operó el consentimiento tanto a los actos del proceso arbitral como a la Resolución 060/2015, pronunciada por la autoridad judicial ahora demandada. Bajo estos antecedentes, dada la causal de improcedencia, hace imposible ingresar al análisis de fondo de la problemática; por lo que se determina la improcedencia de la acción de defensa interpuesta.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR