SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1119/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1119/2016-S1

Fecha: 07-Nov-2016

II.6.

II.6. Cursa memorial de contestación al recurso de anulación de Laudo Interlocutorio Definitivo 06/14, presentado por la Gobernación Autónoma Departamental de Tarija, por medio de sus representantes, ante el Tribunal Arbitral, cuyo contenido señala: a) Este recurso no tiene sustento normativo, utiliza como único fundamento los documentos referidos al acta de entendimiento para la terminación del contrato de obra y el compromiso arbitral de 19 de agosto de 2012, ambos instrumentos no son públicos. La AAPA pretende desconocer lo juzgado por el Tribunal Arbitral Ad Hoc compuesto por Juan Carlos Castellanos, Eduardo Darwich y Hugo León La Faye mediante Laudo de 10 de enero de 2011, para buscar un segundo proceso arbitral; y, b) Con relación a la violación del derecho a la tutela judicial efectiva y garantías constitucionales que forman parte del orden público, la AAPA, en su recurso de anulación manifestó que le están negando el derecho a la tutela consagrado en el art. 115.I de la CPE, tal aseveración no tienen asidero legal, el Tribunal Arbitral al pronunciar el Laudo Interlocutorio Definitivo 06/14, se enmarcó en lo dispuesto por el art. 122 de dicha disposición constitucional referido a la nulidad de los actos de las personas que usurpen funciones que no les competen. Bajo estos antecedentes, solicitó se rechace el recurso de anulación interpuesto y se ratifique el indicado Laudo (fs. 61 a 67).