SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1120/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1120/2016-S2

Fecha: 07-Nov-2016

Ricardo Condori Machicado, representante del Ministerio Público asignado al caso

Ricardo Condori Machicado, representante del Ministerio Público asignado al caso, en audiencia pública, cursante a fs. 206 vta., sostuvo que: Si bien se interpuso la acción tutelar por vulneración de derechos, ésta debió dirigirlo contra la autoridad fiscal que supuestamente vulneró esos derechos y no contra Ricardo Condori Machicado, Fiscal de Materia, además para su procedencia se debió considerar, su naturaleza subsidiaria, toda vez que según la norma prevista por el art. 129.I de la CPE, del cual se infiere que la acción de amparo constitucional se interpondrá siempre que no exista otro medio de recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados, y en el caso en análisis se pronunció imputación formal; posteriormente, se emitió la acusación, radicándose el proceso en el Tribunal Quinto de Sentencia del departamento de La Paz, donde la parte acusada formuló excepciones e incidentes, que fueron rechazados, donde también la parte actora debió formular su apelación ante la negación a la actividad procesal defectuosa y excepciones, por haberse concedido mediante auto, emitida que fue la resolución, por el cual la subsidiariedad no fue agotada, al tener un recurso pendiente que debe ser resuelto por el Tribunal superior.