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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2016-S2

    Fecha: 07-Nov-2016

    I.1.3. Petitorio

    Solicita se conceda la tutela demandada, se anule el Auto Interlocutorio 337/2016 de 25 de agosto, y se ordene la emisión de un nuevo fallo, dando aplicación al art. 5 y 8 de la Ley 586, así como del art. 52 del Código de Procedimiento Penal (CPP), debiendo convocar a un tercer juez técnico del asiento judicial más cercano.

    • acción de amparo constitucional
    • I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • CON LUGAR
    • II.1.
    • II.2.
    • II
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • III.2. P
    • para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional
    • las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal
    • Fragmento 15
    • III.4.  Análisis en el caso concreto
    • REVOCAR en todo

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