SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1128/2016-S2
Fecha: 07-Nov-2016
II.2.
II.2. Consta acusación particular presentada por el abogado Guillermo Fernando Gutiérrez Alvarado en representación legal del Gobernador del Departamental Autónomo de Tarija, contra José Antonio Zapata Monasterios y Faustino Cadena Cari, por los presuntos delitos de falsedad ideológica, falsificación de documento privado y uso de instrumento falsificado, por la creación de la comunidad Rincón de la Victoria, de forma totalmente irregular, adjuntando documentación falsa, por tratar de atribuirse cargos de autoridades a nombre de la Comunidad, logrando beneficios personales por un interés particular, por haberse erogado dineros del Programa Solidario Comunidad (PROSOL), en el que inclusive existirían irregularidades por la compra de un tractor agrícola en la gestión 2010 (fs. 11 a 18).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- CON LUGAR
- II.1.
- II.2.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. P
- para que los fundamentos de una demanda de amparo constitucional puedan ser analizados en el fondo, la parte recurrente debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse
- siempre que no exista otro medio o recurso legal
- Fragmento 15
- III.4. Análisis en el caso concreto
- REVOCAR en todo