Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1141/2016-S1
Fecha: 16-Nov-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Las sociedades accionantes por intermedio de su representante consideraron lesionados sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la presunción de inocencia, a la propiedad, al trabajo y al comercio, citando al efecto los arts. 9.4, 13.IV, 26.I, 46, 47, 56, 108, 115.I, 117, 119.II y 410.II de la CPE; 11 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 23.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- b)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. De la aplicación del principio de subsidiaridad ante la concurrencia de derechos no consolidados o controvertidos en materia tributaria
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- CONFIRMAR