SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1157/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1157/2016-S1

Fecha: 16-Nov-2016

1)

La accionante a través de su abogado reiteró el contenido íntegro del memorial de acción de amparo constitucional y ampliando el mismo precisó que: 1) El Juez demandado debió considerar que en un proceso penal el imputado a través de su abogado puede asumir su defensa material; 2) La autoridad demandada incurrió en error al rechazar el testimonio de poder 479/2015 otorgado al representante legal, siendo a la vez una equivocación la notificación dispuesta a la acusada; y, 3) Los arts. 7, 8 y 9 del CPP, faculta al imputado la posibilidad de la defensa técnica y material; y, dentro la material esta la declaración, por lo tanto el testimonio poder otorgado faculta a todos los actos que pueda hacer y decir en un proceso penal en delitos de acción privada hasta la declaración.