Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1170/2016-S2
Fecha: 07-Nov-2016
II.2.
II.2. Mediante nota de 2 de septiembre de 2016, emitida por Estanislao Yarhui Carrillo, puso en conocimiento al Tribunal de Sentencia Penal Tercero del departamento de Chuquisaca, la no aceptación al cargo de perito traductor de Felipe Mamani Villca, por motivo d fuerza mayor, por tener una reunión del directorio de FANCESA el mismo día a horas 14:30 (fs. 20).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1.Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- I.2.4. Intervención de tercer interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica y activación de la acción de libertad
- indebidamente procesada
- a)
- subsidiariedad
- en los casos, que en materia penal se impugnen actuaciones no judiciales
- Primer supuesto:
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo