Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1194/2016-S1
Fecha: 17-Nov-2016
II.2.
II.2. Por Sentencia 165/2013 de 4 de octubre, César Quintana Frías, Juez Público Civil y Comercial Cuarto de El Alto del departamento de La Paz, declaró improbada la demanda de mejor derecho propietario y acción reivindicatoria, y probada en parte la reconvención, declarando la inexistencia de los pretendidos derechos del demandante sobre el inmueble, inscrito bajo matrícula 2.01.4.01.0005104, e improbada en cuanto a los daños y perjuicios; debidamente notificada, el perdidoso planteó recurso de apelación (fs.59 a 65 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
- III.4.
- III.5. El instituto procesal de la cosa juzgada
- III.6. Análisis del caso concreto
- Fragmento 19