Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1194/2016-S2
Fecha: 22-Nov-2016
III.2.2. Respecto al Juez de Sentencia Penal Primero del departamento de Santa Cruz
En virtud a la concesión de tutela precedentemente expuesta y a la orden de emisión de una nueva resolución por parte del Tribunal de apelación, no corresponde ingresar a verificar las posibles vulneraciones a derechos fundamentales por parte de esta autoridad judicial, en razón a que será la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, quien mediante la nueva resolución judicial verifique la labor efectuada por el Juez a quo y en su caso corregirlo en mérito a las atribuciones conferidas y reconocidas por ley.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.2.1. Respecto a la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- III.2.2. Respecto al Juez de Sentencia Penal Primero del departamento de Santa Cruz
- III.2.3. En relación a la falta de congruencia, valoración de las pruebas y al derecho de petición
- Fragmento 17
- 1° REVOCAR en todo
- 3° Dejar sin efecto