Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1202/2016-S1
Fecha: 17-Nov-2016
II.8.
II.8. Formulario de información rápida de DD.RR. de Cobija de 17 de agosto de 2016, respecto al inmueble registrado con la matrícula computarizada 9011010010698 que se encuentra vigente bajo la siguiente descripción: superficie de 39.0762 ha, ubicación predio Santa María, denominación cantón Santa Cruz, catastro 9010564901000, propietario Mirian Crespo de Choma, con dos anotaciones preventivas por medidas precautorias, una por orden judicial y tres por compra venta (fs. 3).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 14
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre las medidas de hecho y excepción a la aplicación del carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- El art. 129.I de la CPE, precisa que esta acción tutelar:
- Fragmento 18
- III.4. Las vías de hecho. Finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos de activación
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR