Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1202/2016-S1
Fecha: 17-Nov-2016
II.9.
II.9. SCP 1732/2012 de 1 de octubre, mediante la cual se revocó la Resolución de 7 de febrero de 2011 pronunciada por la Sala Penal, Administrativa, Coactiva Fiscal y Tributaria de la Corte Superior del Distrito Judicial de Pando -ahora Tribunal Departamental de Justicia-; y en consecuencia, denegó la tutela solicitada por Mirian Crespo de Choma contra Elías Mamani Aramayo, Juez Registrador de DD.RR. de Pando, Jean Paul Nacif Alvarado y Milena Balcázar Meza, Director de Ordenamiento Territorial y Profesional Uno, ambos del municipio de Cobija (fs. 122 a 131).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 14
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre las medidas de hecho y excepción a la aplicación del carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- El art. 129.I de la CPE, precisa que esta acción tutelar:
- Fragmento 18
- III.4. Las vías de hecho. Finalidad de la tutela constitucional, definición y presupuestos de activación
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR