SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1203/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1203/2016-S3

Fecha: 03-Nov-2016

II.4.

II.4.  Por Sentencia de 5 de noviembre de 2015, la autoridad jurisdiccional referido en la Conclusión II.3., igualmente en suplencia legal de su similar Cuarto, declaró probada la demanda ejecutiva e improbada la excepción de litispendencia, ordenando a Miriam Espada Coronado -ahora tercera interesada- cancelar al hoy accionante en el plazo de diez días la suma de Bs215 000.- y $us30 000.-, más los intereses legales dispuestos en el art. 414 del Código Civil (CC), bajo expresa conminatoria de remate de bienes embargados y pagarse con su producto el monto de la obligación adeudada (fs. 134 y vta.).