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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1203/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1203/2016-S3

    Fecha: 03-Nov-2016

    II.7.

    II.7.  Mediante Auto de Vista 11/2016 de 25 de enero, Wilfredo Ramos Quispe y el ahora demandado, Vocales de la Sala Civil y Comercial del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, revocaron totalmente el Auto definitivo de 5 de noviembre de 2015, declarándose probada la tercería de dominio excluyente interpuesta por Juana Neli Coronado Leiton Vda. de Espada -hoy tercera interesada- (fs. 259 a 260).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • Fragmento 3
    • I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • a)
    • I.2.3. Intervención de la tercera interesada
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   Jurisprudencia respecto a la improcedencia de la acción de amparo constitucional en atención a su carácter subsidiario
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así:
    • III.2.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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