SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1206/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1206/2016-S1

Fecha: 17-Nov-2016

improcedente

La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 45 de 22 de julio de 2016, cursante de fs. 124 a 126 vta., declaró “improcedente” la acción de amparo constitucional; bajo los siguientes fundamentos: a) Es deber del Tribunal de garantías verificar si se cumplieron los requisitos formales que el legislador negativo en su jurisprudencia ha establecido, presupuestos entre los que se encuentran la subsidiariedad, el principio de inmediatez, legitimación pasiva entre otros; b) De los datos del proceso se advierte que Diana Hsin Yi Huang Álvarez, interpuso recurso de apelación contra la resolución que dispuso la aplicación de la multa de Bs4 000.- en su contra, impugnación que fue resuelta por Auto de Vista 92 de 4 de abril de 2016, y contra el cual no existe recurso ulterior; sin embargo, la acción de amparo constitucional no fue interpuesto contra el mismo; toda vez que, se cuestionó el Auto de 27 de enero del citado año; y, c) Atendiendo a que la determinación de multa contra la accionante fue apelada, se entiende que los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que resolvieron el mismo habrían convalidado la labor del Juez a quo; por lo que, se entiende que dichas autoridades debieron ser demandadas porque ellas son las que tienen legitimación pasiva, lo que significa que Juan José Subieta Claros no la tiene.