SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1215/2016-s2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1215/2016-s2

Fecha: 22-Nov-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 13 de septiembre de 2016, aproximadamente a horas 18:10, fue ilegal y arbitrariamente aprehendido en inmediaciones del Faro Murillo de El Alto del departamento de La Paz, por Willy Ponce Velásquez, funcionario policial de DIPROVE, sin que exista orden emanada por autoridad competente, quien procedió a su privación de libertad y posterior traslado a oficinas del Organismo Operativo de Tránsito, donde fue puesto a disposición de Patricio Pérez Colque, Fiscal de Materia -ahora demandado-, el mismo que convalidando la actuación realizada por dicho funcionario policial y sin cumplir con las formalidades establecidas en los arts. 23.III, IV y V de la Constitución Política del Estado (CPE), y 118, 230 y 289 del Código de Procedimiento Penal (CPP), indebidamente emitió la Resolución 05/2016 14 de igual mes, de imputación formal en su contra, sin siquiera fundamentar adecuadamente la determinación emitida.

Aduce que, el Fiscal de Materia demandado, actuó ilegal e indebidamente al haber omitido informar al Juez de Instrucción en lo Penal de El Alto, sobre el inicio de las investigaciones en su contra, conforme prevé el art. 289 del CPP, mucho menos, le notificó con la Resolución 67/2016 de 9 de marzo, de rechazo de querella y la Resolución FDLP/EJBS-R- 316/2016 de 9 de junio, emitido por el Fiscal Departamental de La Paz y por si fuera poco, con la finalidad de deslindar cualquier responsabilidad, lo puso a disposición del Juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto, para que decida su situación jurídica.