SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1225/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1225/2016-S2

Fecha: 22-Nov-2016

II.11.

II.11.La Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Auto de Vista 49/2016 declaró admisible e improcedente el recurso de apelación presentado por Jessica Parada Roberts, con el argumento que:      a) La Jueza Primera de Partido de la Niñez y Adolescencia, al dejar sin efecto la ampliación por el delito de violación, sin perjuicio que el Ministerio Público inicie una nueva investigación por cuerda separada, procedió en forma correcta y conforme a derecho, interpretando de forma correcta lo establecido por el art. 348 del CPP, no incurriendo en defecto conforme el art. 314 del CNNA; razón por la cual, no puede mencionar que no existe fundamentación y motivación de la Resolución, siendo congruente y aplicado correctamente la norma; y, b) Respecto a la falta de fundamentación, esto es opuesto ya que el recurrente no fundamentó correctamente el recurso de apelación, sin citar de manera correcta y precisa las disposiciones legales que considera vulneradas erróneamente aplicadas (fs. 462 a 465).