Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1240/2016-S2
Fecha: 22-Nov-2016
II.4.
II.4. Cursa la Resolución 319/08 de 3 de octubre de 2008, dictada por el Consejo de la Carrera de Arquitectura, que dispuso: solicitar a las autoridades superiores, la aplicación de la normativa vigente en el caso de Juan Francisco María Bedregal Villanueva, por haber incurrido en abandono de funciones durante el mes de septiembre de 2008, misma que fue notificada mediante Resolución del Consejo Facultativo de Arquitectura, Artes, Diseño y Urbanismo de 21 de octubre del mismo año (fs. 44 a 48).
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.13.
- II
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- III.3. Del recurso de reconsideración de actos en la UMSA
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR