SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1274/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1274/2016-S3

Fecha: 21-Nov-2016

i)

Juan Paz Villarroel Rodríguez, Rector y Pedro Cejas Fernández, Vicerrector, ambos de la Universidad Privada “CEFI Saint Paul” por intermedio de su abogado, en audiencia expresaron lo siguiente: i) La citada casa superior de estudios, reconoce los derechos de los ahora accionantes y en ese entendido en la medida de las posibilidades que tiene la referida Universidad, fueron entregando alguna documentación de habilitaciones, debiendo tenerse en cuenta que todo el problema surge a partir de la RM 1039/2015, la cual fue impugnada mediante recurso de revocatoria y luego mediante recurso jerárquico, este último aún pendiente de notificación, puesto que no están de acuerdo con la decisión del Ministerio de Educación, al haber sido sustentada en normas derogadas; ii) No tienen nada contra los ahora accionantes, pero es necesario mencionar que desde enero “hasta la fecha” ocurrieron varios hechos como es un incendio, en el que se quemaron algunos documentos de los estudiantes; asimismo, no se pudo cumplir con la entrega de documentos en los plazos convenidos, por incidentes como el secuestro de computadoras por parte del Ministerio Público; iii) Existe una Resolución que amplía el plazo para la entrega de documentación la misma que al momento de realización de la presente audiencia se encuentra todavía vigente; y, iv) Es necesario tener en cuenta que existe una acción penal planteada por los accionantes contra el Rector de la indicada Universidad, por lo tanto a la fecha existe un recurso pendiente de resolución, aspecto que hace inviable la presentación de la esta acción de amparo constitucional.