Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1274/2016-S3
Fecha: 21-Nov-2016
II.3.
II.3. Por nota de presentada el 22 de febrero de 2016, dirigida al Viceministro de Educación Superior, Patricia Chávez Noé, Diputada de la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia, solicitó se pueda coadyuvar en dar una solución a los estudiantes afectados por el cierre definitivo de la referida Universidad (fs. 214).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El cumplimiento de resoluciones administrativas por el Tribunal Constitucional Plurinacional y sus excepciones
- no le está fijada la atribución de hacer cumplir las resoluciones firmes de otros órganos jurisdiccionales de la jurisdicción común, o las que emerjan de un procedimiento administrativo, sino que son estos los que tienen que hacerlas cumplir
- la presente acción de defensa no puede ser utilizada como una instancia supletoria para pedir el cumplimiento de resoluciones,
- III.2. Análisis del caso concreto
- son las autoridades judiciales o administrativas las que tienen que hacerlas cumplir y resolver los incidentes que se presenten durante su ejecución
- CONFIRMAR