SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1280/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1280/2016-S3

Fecha: 21-Nov-2016

1)

La parte accionante ratificó el contenido de su memorial de acción de amparo constitucional, y ampliándolo manifestó que: 1) Cumpliendo con todos los requisitos establecidos en el art. 10.I inc. h) del Decreto Presidencial 2437 que señala lo siguiente: “A personas no reincidentes, condenadas a pena privativa de libertad igual o menor a ocho (8) años, sin que sea necesario el cumplimiento de una parte de la condena”, solicitó el indulto total; empero, el Director Departamental de Régimen Penitenciario de Pando mediante Informe Indulto D.D.R.P.P. 16/15-16 de 24 de marzo de 2016, informó al Director General de Régimen Penitenciario -hoy demandado- que su persona no se encuentra dentro de las exclusiones del referido Decreto Presidencial; 2) Por Informe D.G.R.P.- D.L.C. 123/2016 de 8 de abril, se le indicó que ya fue beneficiado con el indulto parcial y que está dentro de las exclusiones del art. 3 del Decreto Presidencial 2131 siendo rechazada su petición; teniendo el derecho a la impugnación presentó el recurso correspondiente el 22 de abril de 2016, que también fue rechazado; y, 3) El Decreto Presidencial 2131, estuvo vigente hasta el 1 de octubre de 2015, durante un año, mismo que fue reemplazado por el Decreto Presidencial 2437, por lo que su solicitud de indulto debió ser rechazada por este último.