SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1286/2016-S3
Fecha: 22-Nov-2016
3)
3) Se inobservó la Disposición Adicional Primera de la LRDPB que dispone la suspensión indefinida sin goce de haberes, cuando el servidor público policial tenga la calidad jurídica de imputado o acusado por el Ministerio Público y se encuentre con medida cautelar de detención preventiva o domiciliaria, que le impida cumplir con sus funciones, cual es exactamente su caso.
Desarrollados así los argumentos expuestos en el memorial de apelación, fue resuelto por los miembros del Tribunal Disciplinario Superior de la Policía Boliviana -ahora demandados- por Resolución 008/2016, declarando improbado el recurso de apelación y confirmando la Resolución 045/015 de 15 de diciembre de 2015, con los siguientes fundamentos:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La motivación y fundamentación de las resoluciones como obligación del juzgador
- En cuanto a esta segunda, la motivación puede ser concisa, pero clara y satisfacer todos los puntos demandados, debiendo expresar el Juez sus convicciones determinativas que justifiquen razonablemente su decisión en cuyo caso las normas del debido proceso se tendrán por fielmente cumplidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- 2)
- 3)
- iii)
- REVOCAR