DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0168/2016

Fecha: 14-Dic-2016

III.2.  La Carta Orgánica Municipal y su elaboración.

La SCP 2055/2012 de 16 de octubre, respecto a los estatutos autonómicos y cartas orgánicas, señaló que:…son normas básicas institucionales en las cuales se debe contemplar el andamiaje institucional de la entidad territorial autónoma, las atribuciones de los órganos y las autoridades de las mismas, los parámetros sobre cómo se ejercerá la gestión y administración pública de su jurisdicción, las competencias asignadas por la Constitución sobre las cuales deberá enmarcarse la gestión de las entidades territoriales, los mecanismos de coordinación con los otros niveles de gobierno, los procedimientos para la reforma de la norma básica institucional, entre otros aspectos”. Estas normas institucionales básicas, antes de entrar en vigencia atraviesan por un proceso constitucional especial y diferenciador de cualquier otro tipo de norma, proceso que se encuentra plasmado en el art. 275 de la CPE.