SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1255/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1255/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

II.4.

II.4.  Mediante memorial presentado el 7 de marzo de 2014, con la suma de “APERSONAMIENTO – PLANTEA TERCERIA DE DERECHO PREFERENTE” (sic.), Efraín Rolando, Flavio Nestor y Franz Osmar, todos Rojas Ali, se apersonaron ante el “Juez Tercero de Partido y Sentencia en lo Penal de El Alto” (sic) del departamento de La Paz, señalando que interponen “tercería de derecho excluyente” (sic.), amparándose en lo previsto por el art. 359 del CPCabrg, dirigiendo la misma en contra de Frania Rodríguez Maldonado de Medina, solicitando se deje sin efecto la Providencia de 2 de agosto de 2013, ya que el inmueble embargado sería de su propiedad; siendo resuelta dicha pretensión mediante Auto Interlocutorio 131/2014 de 16 de mayo, pronunciado por el “Juez Tercero de Partido y Sentencia de El Alto” (sic) del departamento de La Paz, que declaró improbada la tercería de derecho excluyente con  costas, bajo el fundamento de que la misma, no se ajusta a los antecedentes del proceso ya que la causa se encontraría en ejecución de fallos y que la normativa en que se ampara la tercería solo sería aplicable en segunda instancia (fs. 15 a 16 y 18 y vta.).