SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2016-S2
Fecha: 05-Dic-2016
II.1.
II.1. Mediante Ley Departamental 117 sancionada el 14 de agosto de 2014, la Asamblea Legislativa Departamental de Tarija, aprobó la Estructura de Cargos y Escala Salarial de la Gobernación de Tarija, estableciendo en su art. 1 el objeto de la Ley Departamental, con el siguiente contenido: “…1.Instruir al Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, el cumplimiento y aplicación del Decreto Supremo N° 1989 de 1 de mayo de 2014; 2. Autorizar la modificación de la Escala Salarial del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija conforme al alcance de la presente Ley; 3. Encomendar al Órgano Ejecutivo Departamental asumir las acciones administrativas necesarias para el efecto de la presente Ley” (sic) (fs. 41).
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la cosa juzgada constitucional y la acción de cumplimiento
- En ese orden de ideas, las decisiones resueltas en revisión en ejercicio del control tutelar, adquieren la calidad de cosa juzgada material, dicho instituto jurídico, ha sido ampliamente desarrollado en la SC 0038/2012 de 26 de marzo, refiriendo en su parte pertinente: 'La cosa juzgada en materia constitucional asegura que merced a la identidad de objeto, sujetos y causa, la decisión no pueda ser modificada ni alterada de manera ulterior; en ese contexto, para evitar duplicidad de fallos y por ende para prevenir el peligro de alteración de fallos con calidad de cosa juzgada, en resguardo de una eficaz seguridad y certeza jurídica, existe una prohibición de activación ulterior de mecanismos de tutela con identidad de objeto sujeto y causa'”
- III.2. Análisis del caso concreto
- añadió que también es aplicable esta causal:'…en los casos en que exista identidad parcial de sujetos, esto es que el sujeto activo o pasivo sean diferentes,
- REVOCAR en todo