SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2016-S2
Fecha: 05-Dic-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los accionantes denuncian que la autoridad demandada incumplió con las Leyes Departamentales 114 y 117 “Estructura de cargos y Escala Salarial del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija”, con relación al pago del incremento salarial del 10% retroactivo establecido por el DS 1989; y las SSCCPP 0650/2015-S3 y 1030/2015-S1, toda vez que; no obstante, los reiterados pedidos que se le hizo no procedió a materializar el referido incremento salarial del 10%; contrariamente, tramitó ante la Asamblea Departamental de Tarija la sanción de la Ley Departamental 326, mediante la cual se aprobó una nueva escala salarial y el incremento únicamente del 1%, por cuya razón pide el cumplimiento de las indicadas Leyes Departamentales 114 y 117.
- acción de cumplimiento
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Jurisprudencia reiterada sobre la cosa juzgada constitucional y la acción de cumplimiento
- En ese orden de ideas, las decisiones resueltas en revisión en ejercicio del control tutelar, adquieren la calidad de cosa juzgada material, dicho instituto jurídico, ha sido ampliamente desarrollado en la SC 0038/2012 de 26 de marzo, refiriendo en su parte pertinente: 'La cosa juzgada en materia constitucional asegura que merced a la identidad de objeto, sujetos y causa, la decisión no pueda ser modificada ni alterada de manera ulterior; en ese contexto, para evitar duplicidad de fallos y por ende para prevenir el peligro de alteración de fallos con calidad de cosa juzgada, en resguardo de una eficaz seguridad y certeza jurídica, existe una prohibición de activación ulterior de mecanismos de tutela con identidad de objeto sujeto y causa'”
- III.2. Análisis del caso concreto
- añadió que también es aplicable esta causal:'…en los casos en que exista identidad parcial de sujetos, esto es que el sujeto activo o pasivo sean diferentes,
- REVOCAR en todo