SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1290/2016-S2

Fecha: 05-Dic-2016

II.3.

II.3.  Mediante la SCP 1030/2015-S1 de 30 de octubre, pronunciada dentro de la acción de cumplimiento interpuesta por Martín Moreno Oroza, Luis Miguel Sandoval Gareca, Yanett Choque Huanca, Geraldine Escalante Tejerina, Vanessa Ginna Carmona Ramos, Daniela Sánchez Soruco, Alejandra Sophia Marsili Pinto, Lidia Eunice Llanos Alfaro, Celsa Romero Flores de Carlos, Karina Maribel Rocha Montellano, Mario Abel Miranda Segovia, Sergio Romero Mercado, Felisa Alemán Jaramillo, Sonia Primitiva Palacios Bravo, Freddy Ortega Martínez, José Luis Angulo Bejarano, Miriam Magdalena Humacata Lizárraga, María Lily Morales, Flora Bayande Segundo de Durán, Bertha Choque Castillo, Iver Roger Ozuna Ruiz, Silvia Victoria Zurita Sossa, Ignacio Segundo Ramos, Evangelina Cano Flores, Ofeliz Molina Ávila, Marianela Nora Garrido Méndez, Miguel Ángel Flores Arroyo, Aurea Díaz Gudiño, Robert Vargas Altamirano, Edgar Gutiérrez Añazgo, Martha Velásquez Rojas, Normando Choque Villca, Carmen Zulema Ávila Velásquez, Wildo Andrade Salinas, Luz Aurora Guerrero Reyes de Velarde contra Lino Condori Aramayo, ex Gobernador a.i. del departamento de Tarija, se revocó la Resolución 09/2015 de 11 de mayo, emitida por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija; en consecuencia, concedió la tutela solicitada, disponiendo que la autoridad demandada o en su defecto la llamada por ley, dé cumplimiento a lo dispuesto por el DS 1989 y las Leyes Departamentales 114 y 117, estableciendo en su caso el pago retroactivo correspondiente a cada uno de los accionantes, en el lapso no mayor a dos meses de notificada dicha Sentencia Constitucional Plurinacional ( fs. 10 a 19).