SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1318/2016-S1
Fecha: 02-Dic-2016
II.4.
II.4. Por memoriales presentados el 25 de julio y el 22 de agosto de 2014, ante el Tribunal Agroambiental, Freddy Richard Fernández Morales –ahora accionante– interpuso demanda de nulidad del Título Ejecutorial SPP-NAL-112966 contra Aida Cabrera Lino y Tito Osinaga Durán y terceros interesados beneficiarios del proceso de saneamiento de la TCO Alto Parapetí de la provincia Cordillera del departamento de Santa Cruz, con los siguientes argumentos: a) Una vez concluido el proceso de saneamiento de dicha TCO, se enteró que los últimos nombrados, propietarios de la parcela Tocotocal colindantes de su predio Irenda II, el 22 de mayo de 2013, plantearon demanda de deslinde y mensura, con el fin de legitimar los actos fraudulentos cometidos en ese proceso de saneamiento, dónde se creó un acto aparente; b) Dentro del referido proceso de deslinde y mensura, en una inspección judicial se constató la existencia de deslinde, alambrado de antigua data corroborado por testigos del lugar; c) La pretensión de la parte contraria fue apropiarse y beneficiarse de las mejoras que le pertenecían, tales como el corral, atajado, camino y toma de agua; d) No se efectuó el deslinde y mensura en campo, sino que el INRA realizó trabajos del mismo desde el gabinete mediante imágenes aéreas; e) De acuerdo al informe pericial topográfico de 8 de enero de 2014, sus mejoras agrarias se encontraban en las parcelas pertenecientes a la propiedad Tocotocal; es decir, fuera de su predio Irenda II; antecedente que demuestra que los planos levantados por el INRA como consecuencia del proceso de saneamiento agrario son alejados de la realidad del lugar; y, f) Sobre la base de estos extremos queda demostrado la existencia de acto aparente que vicia de nulidad absoluta el proceso referido de saneamiento que sirvió de base para la extensión de los títulos ejecutoriales de los predios Irenda II y Tocotocal; por lo que solicitó se aplique el art. 50.I.1 incs. a) y c) de la Ley 1715, y se declare probada la demanda planteada, disponiendo la nulidad del Título Ejecutorial SPP-NAL-112966 de la mencionada propiedad agraria; g) En calidad de pruebas adjuntó: Título Ejecutorial SPP-NAL-075176, informe del INRA de emisión de este título, plano catastral del predio Tocotocal, copia del proceso de saneamiento de actas de conformidad de linderos, imágenes satelitales del predio Irenda II y fotografías de las mejoras identificadas mediante peritaje e inspección ocular; y, h) Cursa el Auto de admisión de 1 de septiembre de 2014, de esta acción (fs. 50 a 58 vlta.).
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- II.2. Cuando la prueba acompañada en la demanda de nulidad de título ejecutorial fuere omitida corresponde proteger constitucionalmente
- III.3.
- CONFIRMAR en parte
- 1° CONCEDER