SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1325/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1325/2016-S1

Fecha: 02-Dic-2016

III.3.  Sobre el Tratado de Extradición de 27 de agosto de 2003, ratificado por Ley 2776 de 7 de julio de 2004

Atendiendo a que la naturaleza de los tratados de extradición se configuran como acuerdos de cooperación internacional destinado a facilitar la administración de justicia; Bolivia y la República del Perú suscribieron el 27 de agosto de 2003 un tratado de esa naturaleza, el cual fue ratificado por Bolivia a través de Ley 2776 de 7 de 2004, de cuyo tenor se extraen las siguientes disposiciones:

Los Estados Contratantes convienen en extraditar recíprocamente, de acuerdo con las disposiciones del presente Tratado, a personas que estén procesadas o hayan sido declaradas culpables o condenadas por las autoridades del Estado requirente con motivo de la comisión de un delito o delitos que dan lugar a la extradición.