SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1368/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1368/2016-S1

Fecha: 15-Dic-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante a través de su abogado, a tiempo de ratificar la acción de defensa planteada, manifestó que el 19 de octubre de 2016, les notificaron de manera casual con el Auto de 12 del mismo mes y año, que dispuso convocar al vocal Ernesto Macuchapi Laguna, a efecto de que resuelva la disidencia; con esa actuación se habría vulnerado su derechos fundamentales; toda vez que, la norma procesal penal señala que el plazo para pronunciarse es dentro las setenta y dos horas, en este caso se generó una dilación indebida en el del proceso; por lo que reclamó la definición de su situación jurídica, y pidió saber si fue aceptado o rechazado su solicitud de modificaciones de las medidas cautelares.