SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1380/2016-S3
Fecha: 02-Dic-2016
REVOCAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: REVOCAR la Resolución 04/2016 de 9 de septiembre, cursante de fs. 411 a 413 vta., pronunciada por el Juez Público Civil y Comercial Decimoprimero de la Capital del departamento de Tarija; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada, conforme a los fundamentos jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, dejando sin efecto la Resolución SD-AP 281/2016 de 6 de junio, disponiendo que las autoridades demandas respondan de manera fundamentada y congruente al agravio expresado en apelación, sin costas.
- acción de amparo constitucional
- a)
- para que disponga la remisión al Tribunal de Casación en la ciudad de Sucre
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- Fragmento 10
- debe procurarse generar en el recurrente la certeza de que evidentemente incumplió con las exigencias que la norma establece, precisando cuál o cuáles de los requisitos fueron omitidos y por qué se tienen como incumplidos
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- ii)
- iii)
- 2)
- REVOCAR