SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1386/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1386/2016-S3

Fecha: 02-Dic-2016

II.9.

II.9.    Félix Cárdenas Aguilar, Presidente del Comité Nacional Contra el Racismo y toda Forma de Discriminación, mediante notas cite: MDCyT-VD-CNCRD 145/16 de 27 de julio de 2016, recepcionadas el 30 de igual mes y año, solicitó informes a Franklin Choque Mamani, Corregidor Auxiliar y Agustín Choque Calani, miembro de la OTB, ambos de la Comunidad de Huaricasa; y, Sabino Mamani Aguilar, Hilacata Mayor del Ayllu Collana y Francisco Calani Choque, Corregidor Titular “Distrito 4”, ambos de la Marka Ucumasi -todos ahora demandados-, recomendándoles que precautelen los derechos y garantías fundamentales de los miembros de la Comunidad de Huaricasa (fs. 43 y vta.; 44 y vta.; 45 y vta.; y, 46 y vta.), por lo que emitieron el informe cite: CTMU-D4/054/2016 de 2 de agosto, señalando desconocer al ahora accionante, pero que los comunarios manifestaron que este no era contribuyente de la Comunidad, puesto que no residía en la población, además tuvo un problema de deuda con estafa de adquisición de cuatro tractores pertenecientes a las Comunidades de Taruyo y Huaricasa, por lo cual los comunarios reconocen al nombrado y a su hermano como estafadores; asimismo, según los Libros de Contribución Territorial, el mismo no se encuentra registrado como contribuyente activo, aclarando de igual manera que no se lo expulsó (fs. 140).