Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1401/2016-S1
Fecha: 15-Dic-2016
II.2.
II.2. Mediante Auto de Vista 10/2016 de 15 de marzo, la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, declaró procedente el recurso de apelación restringida interpuesto por Felico Villca Ticona y deliberando en el fondo anula totalmente la Sentencia impugnada, disponiendo el reenvío del proceso para nuevo juicio oral; Auto de Vista que fue notificado al accionante el 12 de abril de 2016, en su domicilio real (fs. 200 a 202 vta. y 204 del anexo 1 y2).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3.
- a) Cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación
- III.4. Del procedimiento aplicable ante la interposición de incidente de nulidad de notificación con auto de vista
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18