SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1405/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1405/2016-S3

Fecha: 05-Dic-2016

II.2.

II.2.  Por Auto interlocutorio 53/2015 de 2 de octubre, el hoy accionante se excusó dentro del proceso de fraude procesal y nulidad de poder interpuesto por María Lily Soliz de Ugalde contra Javier Romero Carrizales, Daysi Romero Carrizales, Beatriz Carrizales Vda. de Romero y Adán Dionisio Vargas Velasco,

confesando judicialmente su resentimiento contra el abogado Pablo Cuadros Vásquez, alegando que su confesión era válida según el art. 404 del CPC que hace plena fe de acuerdo al art. 1321 del CC (fs. 11 a 12), enviándose el expediente al Juzgado Segundo Agroambiental del departamento de Santa Cruz, a través de Oficio 138/2015 de 22 de ese mes (fs. 103 y vta.), mismo que emitió el Auto 21/2015 de 26 de igual mes, por el cual observó la excusa enviándola en consulta ante el Tribunal Agroambiental (fs. 104 y vta.).