Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1424/2016-S3
Fecha: 06-Dic-2016
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 8 de septiembre de 2016, David Quispe Ramos solicito ante la autoridad demandada mandamiento de apremio contra la ahora accionante, el mismo que mereció decreto de 12 de septiembre de 2016, que señala “Líbrese el mandamiento solicitado” (fs. 17), siendo expedido en la misma fecha (fs. 19) y ejecutado el 14 del referido mes y año, conforme lo informado por el Investigador de DACI de la FELCC (fs. 25).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- corresponda
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- Fragmento 10
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones