SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1431/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1431/2016-S3

Fecha: 07-Dic-2016

d

Por todo lo desarrollado, al evidenciarse que la respuesta emitida por el demandado no presenta una relación de congruencia con lo solicitado, considerando además el desglose efectuado en el Fundamento Jurídico III.1. de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, estableciendo que la tutela procede cuando:d) La solicitud no es atendida de manera clara, precisa, completa y congruente con lo solicitado”  (SC 1068/2010-R de 23 de agosto [las negrillas nos pertenecen]), se concluye que en el presente caso se vulneró el derecho de petición que asiste a la institución que representan los accionantes por lo que esta jurisdicción, evidencia que en el caso corresponde conceder la tutela demandada.