Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1433/2016-S3
Fecha: 07-Dic-2016
II.1.
II.1. Cursa Sentencia 29 de 7 octubre de 2010, emitida por el Juez Segundo de Partido del Trabajo y Seguridad Social de la Capital del departamento de Santa Cruz, que declaró probada la demanda, con costas, dentro del proceso laboral de pago de beneficios sociales seguido por Viviana María Porras Suárez -hoy tercera interesada-, contra de Sociedad Mercantil Kimberly Bolivia Sociedad Anónima (S.A.) -ahora accionante-, representada por Carlos Andrés Rupay Montañez (fs. 456 a 460 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el cómputo de los seis meses de la inmediatez del amparo constitucional es a partir de la notificación por cédula fijada en el tablero de la Secretaría de Cámara de la Sala Penal Primera de la Corte Suprema de Justicia, de lo que se extrae que dicha actuación es válida en secretaría de cualquiera de las salas del actual Tribunal Supremo de Justicia,
- III.2. Análisis del caso concreto
- el 19 de junio de 2015,
- CONFIRMAR