SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1435/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1435/2016-S3

Fecha: 07-Dic-2016

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

Eduardo Tito Orihuela y José Carlos Riveros Novillo en audiencia a través de su abogado refirieron que los ahora supuestos representantes de “MUGEBUSCH”, actúan sin personaría toda vez que el poder por el cual interponen la presente acción de amparo constitucional es ilegítimo, por cuanto de acuerdo a la Resolución 02/2015 emitida dentro de otra acción de amparo constitucional, que fue confirmada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, se estableció que Estaban Arce León continúa siendo Presidente de la referida Mutualidad, quien a su vez no convocó a una nueva elección, apareciendo dichos supuestos representantes con un poder que fue otorgado por un Presidente o representante que nunca fue elegido, habiendo actuado sin personería incluso en la interposición de las apelaciones, aspecto por el que corresponde denegar la tutela solicitada, sin ingresar al fondo del asunto.

José Luis Lora Núñez, a través de su abogado en audiencia manifestó que el poder con el cual los “representantes” de “MUGEBUSCH” estuvieran actuando en la presente acción de amparo constitucional es ilegal e ilegítimo toda vez que se emitió una Sentencia Constitucional a favor de Estaban Arce León, por la cual se determinó la constitución legal de ese directorio, misma que el Juez de garantías no puede omitir, debiendo determinar la improcedencia de la acción tutelar, toda vez que no probó legítimamente como están actuando los representantes de “MUGEBUSCH”.