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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1449/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1449/2016-S3

    Fecha: 08-Dic-2016

    I.2.2. Informe de las autoridades demandadas

    Edgar Molina Aponte y Adhemar Fernández Ripalda, Vocales de la Sala Civil Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar o Domestica y Pública Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, no asistieron a la audiencia de consideración de acción de amparo constitucional ni remitieron informe alguno, pese a su legal citación de fs. 491 a 492.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.   El presupuesto de la legitimación activa en la acción de amparo constitucional
    • el accionante debe demostrar que el hecho denunciado recae directamente en un derecho del cual es titular
    • CONFIRMAR

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