Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1449/2016-S3
Fecha: 08-Dic-2016
II.1.
II.1. El 29 de abril de 2015, Miguel Ángel Pizarro Nogales -hoy tercero interesado- interpuso demanda de usucapión decenal o extraordinaria del bien inmueble ubicado en la zona Nor Este, UV 12, manzana 24 y por hechos ilícitos y su consecuente resarcimiento por daños y perjuicios en contra de Ramón Bernabet Nogales -ahora accionante- (fs. 28 a 35 vta.); la citada demanda fue corregida por el nombrado mediante memorial presentada el 15 de mayo del citado año (fs. 72 a 80).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El presupuesto de la legitimación activa en la acción de amparo constitucional
- el accionante debe demostrar que el hecho denunciado recae directamente en un derecho del cual es titular
- CONFIRMAR