Asimismo, alega que, el Juez de la causa, basó su resolución, en el Auto de Vista 151/2014 de 9 de abril, dictada por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mencionando que: “A marcado de alguna manera
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Asimismo, alega que, el Juez de la causa, basó su resolución, en el Auto de Vista 151/2014 de 9 de abril, dictada por la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mencionando que: “A marcado de alguna manera

Fecha: 01-Feb-2016

II.3.

 II.3. El 3 de junio de 2014, el Juez demandado mediante Auto Interlocutorio 84, declaró probado el incidente interpuesto, anulando la diligencia de notificación con el Auto que abrió el plazo probatorio, efectuado en Secretaría del Juzgado, para que se proceda a realizar una nueva en el domicilio procesal señalado por el demandante (fs. 11).