Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0159/2016-S2
Fecha: 29-Feb-2016
1)
Ruth Pérez Zapata, abogada de Daney David Valdivia Coria, Director Ejecutivo General a.i. de la AGIT, expresó: 1) La presente acción estaba referida exclusivamente al caso Achica Arriba 130, presentando las fotocopias del mismo, consistente en tres expedientes de recurso jerárquico en tres cuerpos; los antecedentes administrativos fueron devueltos en su totalidad a la Administración Aduanera Interior de La Paz; y, 2) Con relación al recurso jerárquico Achica Arriba 129, no son objeto de impugnación mediante la presente acción; por lo que, no se encuentran las fotocopias.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Relevancia constitucional, requisito que permite abrir el ámbito de protección de la acción de amparo constitucional
- si la temática en cuestión no resulta de evidente relevancia constitucional, este Tribunal no puede ingresar a dilucidar aquello e involucrarse en asuntos que corresponden dirimir a otras jurisdicciones;
- III.3. Análisis del caso concreto
- podrá
- CONFIRMAR en todo