SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2016-S2

Fecha: 29-Feb-2016

I.2.3. Intervención de los terceros interesados

María Eugenia Romero Ossio, en audiencia señaló que el 16 de enero de 2015, presentó la solicitud de declinatoria, el Juez del Tribunal Primero de Sentencia Penal, respondió sin los demás miembros del Tribunal, el incidente planteado debió ser dirigido al Tribunal de Guayaramerín, una vez notificada presentó un memorial de reposición aclarando que lo solicitado era la inhibitoria, el 24 de febrero de ese mismo año solicitó resolución de la inhibitoria no habiendo sido notificada con actuado alguno; posteriormente, presentó la denuncia penal para que el Ministerio público tome conocimiento de este caso y se investigue esos aspectos; el 25 de marzo de dicho año, fue notificada con el auto que negó su solicitud, por lo que presentó apelación, donde aparecieron dos decretos que nunca fueron notificados y menos conocidos, tomando en cuenta que Lucas René Zambrana Espinoza nunca debió firmar los decretos.