SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0166/2016-S2

Fecha: 29-Feb-2016

III.2.  Análisis del caso concreto

           El accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa y al juez natural; por cuanto, dentro del proceso penal seguido en su contra, radicada en la jurisdicción de Cobija del departamento de Pando, ante la imposibilidad de constituirse el Tribunal de Sentencia Penal, se dispuso la remisión de la causa al asiento jurisdiccional más próximo, es decir a Riberalta y posteriormente a Guayaramerín, ambos del departamento de Beni; posterior a ello, la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justica de Pando, mediante Auto dispuso la devolución del proceso para su tramitación al Tribunal Primero de Sentencia Penal de ese asiento judicial, circunstancia en la que el Juez Técnico René Lucas Zambrana Espinoza, a pesar de haberse excusado del conocimiento del proceso en la etapa preliminar volvió a conocer el caso, emitiendo una resolución que habilitó a dos Jueces Técnicos para conformar el Tribunal de Sentencia Penal, sin tomar en cuenta que estas últimas autoridades judiciales se declararon incompetentes; por todo ello, considera que transgredió el debido proceso y el principio de la certeza jurídica por volver a conocer el proceso.

De la complicada y poco precisa acción tutelar, se tiene que los motivos de la misma se basan esencialmente en la conformación del Tribunal de Sentencia Penal que sustanciaría su proceso conformado por miembros no competentes dado que uno de ellos se excusó y los otros de forma voluntaria se declararon incompetentes, por lo que el juez natural no estaría constituido de manera legal.