SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2016-S3

Fecha: 05-Feb-2016

de lo que se desprende que la estabilidad, constituye un derecho para el trabajador

Así también la SC 0491/2010-R de 5 de julio, citada por la                 SC 1160/2010-R de 27 de agosto concluyó que: “La estabilidad laboral, tiende a otorgar un carácter permanente a la relación de trabajo, donde la disolución del vínculo laboral, depende únicamente de la voluntad del trabajador y sólo excepcionalmente, por causas que hagan imposible su continuación, de lo que se desprende que la estabilidad, constituye un derecho para el trabajador que, por supuesto, le exige el cumplimiento de las obligaciones inmersas a la naturaleza del trabajo” (las negrillas son nuestras).