SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2016-S3
Fecha: 05-Feb-2016
i)
Freddy Sanabria Taboada, entonces Presidente del Consejo de la Magistratura, a través de memoriales presentados el 27 de noviembre y 7 de diciembre de 2015, cursantes de fs. 79 a 80 vta.; y, 96 a 97, además, en audiencia a través de sus representantes legales, manifestó lo siguiente: i) No existe prueba documental que el Pleno del Consejo de la Magistratura hubiese ordenado la emisión del memorando CM-DIR.NAL.RR.HH. 081/2015, por lo que no se puede analizar actos atribuidos a una persona que no los cometió, careciendo de legitimación pasiva ya que debió ser dirigida contra Oscar Medardo Yrigoyen Angulo, como autor y emisor del mencionado memorando; ii) Así también debió dirigirse contra el actual Director Nacional de RR.HH. del Consejo de la Magistratura, conforme la SC 0822/2011-R de 3 de junio, argumentos por los cuales se hace innecesario ingresar a analizar el fondo del problema, correspondiendo denegar la tutela impetrada por falta de legitimación pasiva; y, iii) Finalmente, cuestionó al Tribunal de garantías por haber señalado nueva audiencia, por la complementación y subsanación de la presente demanda tutelar, en relación a la legitimación pasiva, que no fue advertida en la admisión.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- “otorgó”
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Estado protegerá la estabilidad laboral
- tutelar este derecho fundamental contra actos que priven o restrinjan el ejercicio de este derecho o actitudes discriminatorias, a fin de garantizar iguales oportunidades para conseguir y tener estabilidad en un puesto de trabajo,
- de lo que se desprende que la estabilidad, constituye un derecho para el trabajador
- III.2.1. Consideraciones previas
- la resolución jerárquica tiene la posibilidad de corregir, enmendar o anular las determinaciones asumidas por las autoridades de mejor jerarquía
- corresponde el derecho de inamovilidad laboral del señor Arturo Manuel Luís Gantier Campos
- CONFIRMAR