SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0182/2016-S3

Fecha: 05-Feb-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Trabaja en el Consejo de la Magistratura desde hace más de diez años y ocho meses, cumpliendo sus funciones con esmero y puntualidad; en cuya virtud, mediante memorando CM.DIR.NAL.RR.HH. 967/2014 de 31 de diciembre, fue reasignado con el ítem 5749 en las funciones de Técnico 1 de Archivo y Registro con un haber mensual de Bs4 752.- (cuatro mil setecientos cincuenta y dos bolivianos) dependiente de la Unidad Nacional de Evaluación y Escalafón.

Lamentablemente el 26 de febrero de 2015, sin que exista justificativo alguno, le hicieron entrega del memorando CM-DIR.NAL.RR.HH 081/2015, por el cual de manera arbitraria y contradictoria, sin base legal alguna, se le disminuyó su salario ejerciendo el mismo cargo pero con menor sueldo; además, no tiene proceso penal alguno, ni sentencia judicial por la cual se lo declare culpable, tampoco un proceso administrativo disciplinario interno que justifique una disminución de salario; posteriormente, fue reasignado a la oficina de Derechos Reales (DD.RR.).

La disminución de su salario se constituye en un retiro indirecto en el que incurrieron las autoridades demandadas, que a su vez no observaron que goza de inamovilidad funcionaria por tener bajo su dependencia a su hija, que es una persona con discapacidad, conforme se tiene del informe jurídico 790/2012 de 18 de octubre, arbitrariedad frente a la cual interpuso los recursos de revocatoria y jerárquico, solicitando se deje sin efecto dicha medida, manteniendo incólume el memorando CM.DIR.NAL.RR.HH. 967/2014; empero, los mismos no fueron atendidos.